Los hechos que agudizaron la conciencia ambiental en Panamá 2023 [Podcast]

Written by | Observatorio Socioambiental, Panamá

Resumen anual sobre los conflictos socioambientales registrados en el 2023


1. Estado de emergencia ambiental. El gobierno de Panamá se declaró en estado de emergencia ambiental, debido a una “sequía prolongada” en todo el territorio nacional. Según el Ministerio de Ambiente, la medida se tomó debido a “las altas temperaturas, la evaporación y la falta de lluvias son el preámbulo a la llegada del fenómeno de El Niño, con lo que disminuyó la producción de agua para el consumo humano y la actividad agrícola en todo el país”. Los lagos artificiales de Alhajuela y Gatún, que abastecen de agua a más de la mitad de la población del país y a la vía interoceánica, han visto sus niveles de agua mermados drásticamente por la prolongación de la estación seca. Además, los pronósticos del Ministerio de Ambiente, establecen que las temperaturas del país aumentarán y las precipitaciones en cuatro regiones climáticas se reducirán, situación que afectaría especialmente a la provincia de Chiriquí, en la zona occidental, que es un centro de producción agropecuaria. Es importante mencionar que, de acuerdo al Instituto de Meteorología e Hidrología de Panamá, entre 2022 y 2023 hay un equivalente a seis meses de déficit de lluvias en el país. 

2. Protestas contra la minería.  En Panamá, hubo protestas masivas en respuesta a un contrato minero aprobado de forma expresa y sin suficiente consulta ciudadana. Los ciudadanos exigieron el cierre de todas las minas, incluyendo la mina más grande de Centroamérica, operada por la multinacional canadiense First Quantum. Las protestas se intensificaron después de que el gobierno firmó un contrato de concesión minera con First Quantum por hasta 40 años. Las organizaciones que se oponen a la operación de Minera Panamá la acusan de corrupción y daños ambientales.

3. La Ley sobre pesca de arrastre. La nueva ley de pesca de arrastre en Panamá, conocida como la Ley 204 de 2021, ha sido objeto de modificaciones recientes. Tras críticas a la reglamentación de la pesca de arrastre, que incluía ciertas especies, el gobierno emitió el Decreto N° 14 de 20 de noviembre de 2023. Este decreto excluye la pesca de pargo, cabezón, lenguado y corvina. El Decreto N° 14 modifica el Decreto Ejecutivo 13 del 1 de noviembre de 2023, que a su vez rectifica el artículo 17, relacionado a las pesquerías aprovechadas para la pesca de mediana escala y de gran escala. En las modificaciones se mantiene la reglamentación para la captura del camarón. Además, se estipula que la Junta Directiva de la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá (ARAP), sustentada en un informe técnico-científico, establecerá las nuevas pesquerías que sean elegibles de aprovechamiento con indicaciones de las áreas de pesca, especies objetivo y captura incidental, las temporadas y las artes de pesca con que podrán ser realizadas. También se modifica el artículo 138, que regula el uso de puertos en el extranjero. Todo buque de bandera panameña que realice actividades de pesca y que tenga la intención de entrar y hacer uso de un puerto extranjero, tendrá la obligación de hacer uso de la normativa vigente del Estado rector del puerto competente. Finalmente, se establece que todos los buques de bandera panameña tendrán la obligación de instalar y llevar a bordo un Sistema de Monitoreo de Embarcaciones (VMS) de manera funcional.

Sin embargo, el segundo decreto fue declarado nulo por la Corte Suprema ante una demanda presentada por dos abogados, dejando vivo el reglamento contenido en la primera resolución del 13 de noviembre que abría el compás a la pesca de arrastre industrial para varias especies adicionales al camarón, por lo que esto sigue siendo un peligro latente a vencer legalmente como en la práctica.

4. Sobre las exploraciones y explotación de petróleo en Darién. Tras la denuncia en redes de la venta de 326,000 hectáreas en DariénEl gobierno nacional de Panamá negó en un comunicado que “a la fecha” haya otorgado algún tipo de concesión, permiso u solicitud presentada para la exploración o explotación de petróleo u otros tipos de hidrocarburos en esa provincia o en alguna parte del territorio nacional. Esta aclaración se hizo en respuesta a una serie de publicaciones y comentarios que circulaban en las redes sociales, los cuales, según el gobierno, carecen de toda veracidad y por tanto causan confusión a la población. Sin embargo, en el Registro Público existe el título de propiedad con certificación registral del folio 5969 inscrita al tomo 187 folio 428, que hace alusión a una concesión administrativa inscrita desde el 11 de abril de 1923. Esta concesión de exploración fue adjudicada a la sociedad panameña Sinclair Panama Oil Corporation para explotar las fuentes o depósitos de petróleos o sustancias hidrocarburos que se encuentren en el subsuelo de las tierras públicas o privadas. Y aunque el registro público dijo en un comunicado  que no se han practicado inscripciones donde se traslade el dominio ni algún tipo de derecho real, lo cierto es que este título de propiedad existe y legalmente no puede ser anulado por un simple comunicado.

Producción realizada por el equipo interdisciplinario:

Rekha Chandiramani. Periodista investigadora

Olmedo Carrasquilla II. Defensor en DDHH / Ecologismo

Iris Gomez. Bióloga

Colectivo Voces Ecológicas COVEC

Last modified: 02/01/2024

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