La consulta indígena de los Pueblos Invisibles

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Carta abierta a los y las Convencionales Constituyentes

“—¡No lo ven!

—¡Es imposible que no lo vean!

—¡No estás viendo que no lo ven!”

M. Scorza

Estos días en la Convención Constitucional chilena me recuerdan a Garabombo El Invisible, esa novela de Manuel Scorza que cuenta las luchas de una comunidad en los Andes peruanos por defender sus tierras, y que puede ser la historia de cualquier comunidad indígena.

Garabombo y su comunidad padecían de una extraña enfermedad: se convertían en invisibles cada vez que pacíficamente iban a las oficinas públicas para exigir el respeto de sus tierras y derechos.  Al intentar hablar con las autoridades sus voces no eran escuchadas, sus reclamos no eran vistos. Solo eran un invisible murmullo.

Algo parecido ocurre en la Convención.

En un bonito artículo Patricia Politzer cuenta maravillada como “en los pasillos de la Convención suena el extraordinario tintineo de las joyas de las convencionales mapuche”. Es cierto, resuena el tintineo orgulloso de nuestros trapelakucha por los pasillos. Sin embargo, en el Hemiciclo, aunque hablemos, como le ocurría a Garabombo nuestras razones no se escuchan, y al momento de votar no todos toman en serio nuestros derechos.

Los comuneros de Garabombo encontraron que podían usar a su favor aquella rara enfermedad de ser invisibles. Ya que la autoridad no los veía, se organizaron para alzarse en defensa de sus derechos en peligro. Cuando se rebelaron descubrieron asombrados la cura a la enfermedad, la conjura a la maldición. Bastaba que los comuneros exigieran sus derechos con rudeza, a gritos, cortaran caminos y realizaran actos de rebeldía, para sanarse de inmediato: ser visibles para la autoridad. Entonces fueron acusados de indios subversivos que quebrantan el estado de derecho, perseguidos por la fuerza pública por los cerros, encarcelados, varios muertos. Las comunidades volvieron a ser invisibles hasta el siguiente levantamiento. 

La Convención y el territorio mapuche militarizado, mis hermanos encarcelados, me recuerdan cada día la historia de Garabombo. Somos invisibles, y solo nos ven cuando los comuneros alzamos la voz y nos rebelamos para defender nuestras tierras y derechos.

Sin ir más lejos, ocurrió en la Convención el jueves 9 de septiembre. Ese día, mujeres convencionales aymara, colla, kawésqar, mapuche, debimos interpelar a viva voz a la Mesa para detener un atentando a los derechos de nuestros pueblos. Se pretendía imponer una votación de 2/3 al reglamento de Participación y Consulta Indígena. Nos dijeron “No es la forma”, sin embargo, como siempre, a gritos fue la única forma. La Mesa entró en razón, suspendió la sesión, y dieron plazos razonables para indicaciones y diálogos.

Los Escaños Reservados trabajamos aplicadamente para presentar una propuesta corregida y cuidada de Reglamento de Participación y Consulta indígena, ajustada a las normas internacionales, y que respondiera a las dudas de los diversos grupos de convencionales con los cuales dialogamos intensamente. Con honestidad varias y varios nos reconocieron que de derechos de pueblos indígenas conocían poco o nada, que era un mundo nuevo. Tal vez eso sea parte de la explicación de nuestra invisibilidad.

La indicación que elaboramos como Escaños Reservados fue examinada atentamente y patrocinada por 81 convencionales. Un amplio arco que va desde el Frente Amplio, Colectivo Socialista, Chile Digno, Movimientos Sociales, Pueblo Constituyente, Movimientos Sociales. Agradecemos ese respaldo, y esperamos que quienes patrocinaron se comportarán lealmente y honrarán sus compromisos.

¿QUÉ ES LA CONSULTA INDÍGENA?

La Consulta Indígena es una norma internacional de derechos humanos que, para decirlo en pocas palabras, busca conjurar la maldición de Garabombo.

La norma internacional de consulta indígena obliga a las autoridades estatales a dialogar de buena fe con los pueblos invisibles, con el objetivo de llegar a acuerdos para salvaguardar los derechos de los pueblos indígenas.

El Convenio 169 de la OIT, artículo 6.2. establece: Las consultas deberán efectuarse de buena fe, con el objetivo de llegar a acuerdos”.

Si los estados cumplieran con el deber de consultar de buena fe con el objetivo de llegar a acuerdos, tal vez no sería necesario que las comunidades de invisibles corten caminos, marchen, hagan actos de rebelión para que las autoridades se dignen a escuchar nuestras reivindicaciones de derechos, a dialogar de buena fe y buscar acuerdos que resguarden esos derechos.

La Consulta Indígena no la inventamos nosotros. Está en instrumentos internacionales de los que Chile es parte, y que son de cumplimiento obligatorio para la Convención. Ahí están el Convenio 169 de la OIT, la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, los Pactos Internacionales de Derechos Humanos, las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos afirmando que la Consulta tiene la finalidad de salvaguardar los derechos de los pueblos indígenas, y que la consulta indígena ha adquirido el rango de principio general del derecho internacional.

¿PARA QUÉ CONSULTAR?

Lo dice la Corte Interamericana: para salvaguardar los derechos de los pueblos indígenas 

En el caso de la Convención, la Constitución no parte de una hoja en blanco. Los derechos de los pueblos indígenas ya existen, están reconocidos en los instrumentos internacionales de los que Chile es parte. La consulta indígena de la Convención es para construir acuerdos con los pueblos acerca de cómo plasmar y garantizar esos derechos en el nuevo texto constitucional. Nada más. Nada menos.

¿Y por qué el énfasis en los Acuerdos? Primero, porque esa es la norma internacional. Y segundo, porque la Convención Constitucional de Chile debe hacerse cargo de una pesada herencia de desconfianza de las comunidades, por los atropellos, invasiones, despojos, genocidios, encarcelamientos, tratados violados, militarización de territorios, compromisos incumplidos con los pueblos y comunidades indígenas, en la historia pasada y reciente.

¿Por qué habrían de creer las comunidades en una consulta de la Convención, si recién en 2016-17 hubo otra “consulta constituyente” que fue una simulación, en que incluso los escasos “acuerdos” alcanzados no fueron respetados?

Es el desafío de la Convención: dar garantías de que “las consultas serán de buena fe, con el objetivo de llegar a acuerdos”.

EL INTENTO DE ÚLTIMA HORA DE MUTILAR LA CONSULTA

Pese a los esfuerzos de diálogo que hemos desplegado para explicar de qué se trata la consulta indígena, y la mayoritaria buena acogida, nos preocupa el súbito activismo de un grupo de convencionales que buscan bloquear y mutilar la consulta indígena constituyente.

Un grupo de convencionales vinculados a la ex Concertación y a Independientes No Neutrales presentaron 50 indicaciones para cercenar el Reglamento de Participación y Consulta. Cincuenta. Y ahora presionan a la Mesa y al Pleno.

Nos preocupa por lo que revelan esas indicaciones: una profunda mala fe ante los pueblos indígenas, rayana en el racismo. Indicaciones redactadas con el arte de un matarife, que a machetazos busca extirpar la esencia de la consulta: amputar la parte relativa a llegar a acuerdos de buena fe, acuerdos vinculantes.

¿QUÉ PARTE DE “ACUERDOS DE BUENA FE” NO SE ENTIENDE?

Volvamos a leer el Convenio 169: “Las consultas deberán efectuarse de buena fe, con el objetivo de llegar a acuerdos”.

Pregunto, ¿qué parte de esa frase de 14 palabras no se entiende?

Como campesina en mi huerta cultivo plantas y hierbas. Sé darles vida a mis plantas. Quienes escriben saben cómo dar vida o matar una frase. Comprenderán que al extirpar las 7 últimas palabras de aquella norma del Convenio 169, mutilan de la consulta indígena, la dejan sin objetivo. Pregunto ¿No quieren construir acuerdos? ¿Somos invisibles, solo un tintineo?

¿Me pregunto, qué significan para las y los convencionales las sentencias de la Corte Interamericana estableciendo que la consulta indígena es hoy un principio general de derechos humanos?

Saben y sabemos que Pacta Sunt Servanda significa “los acuerdos se cumplen” de buena fe. Es la sabiduría de los pueblos antiguos como el mío, donde la palabra empeñada se cumple, que es otro modo de nombrar la solidaridad humana.  ¿Debo yo, mujer mapuche, explicarle a mis colegas convencionales profesores de derecho, tratadistas, que los acuerdos de buena fe se cumplen, vinculan, que la palabra empeñada se honra?

Quisiera entender, ¿por qué patrocinar indicaciones que vacían de sentido al principio de buena fe, al diálogo honesto, la voluntad genuina de buscar acuerdos, más aún cuando en esa búsqueda de acuerdos están en juego esperanzas, derechos y vidas de los más excluidos?

Le pregunto a la Convención y a quienes promueven las indicaciones que limitan derechos, ¿Con qué facultades el Pleno podría votar indicaciones que buscan mutilar el texto y sentido de Tratados Internacionales de Derechos Humanos?

¿Quién le ha dado facultades al Pleno de la Convención para votar indicaciones contrarias a tratados de Derechos Humanos? ¿Acaso vamos a llegar al extremo de votar si se cumplen o no los derechos humanos?

Si se acogieran las absurdas indicaciones ¿Vamos a llamar a eso “estado de derecho”, cuando las comunidades adviertan la mala fe con que actuaría la Convención? ¿Se dan cuenta del daño histórico a la legitimidad de la propia Convención el mutilar la consulta indígena?

LA CONSULTA INDIGENA ES UNA OPORTUNIDAD PARA LA CONVENCIÓN

En la velocidad de trabajo de la Convención se olvida que en las votaciones se está jugando con el porvenir, derechos y dignidad de pueblos enteros. No lo ven. Porque somos invisibles.

La Consulta Indígena es una obligación de la Convención. Ya no cabe duda. Lo que todavía no se comprende es que la Participación y Consulta Indígena es una oportunidad que le ofrecen los pueblos invisibles a la Convención.  Una oportunidad para actuar con responsabilidad de Estado ante la más profunda crisis en la relación entre pueblos originarios y el Estado.

¿No ven la mano extendida de los pueblos invisibles invitándoles a dialogar y a llegar a acuerdos de buena fe basados en derechos? ¿No lo ven? ¿Dirán después que no lo vieron? Porque somos invisibles.

La votación del Reglamento de Participación y Consulta Indígena no trata tanto de nosotros, los pueblos invisibles. Tenemos la piel curtida ante el racismo.  La votación, por nuestra propuesta de Participación y Consulta Indígena y acuerdos de buena fe, se trata de ustedes y de un país plural.  

Se trata de la profundidad del compromiso democrático y legitimidad de una Convención Constitucional que inscribió el principio de plurinacionalidad en su Reglamento.

Seguirá sonado el tintineo, orgullosas de nuestros trapelakucha, en los pasillos de la Convención, en las calles, en las comunidades. Es el tintineo de nuestros derechos invisibles.

Natividad Llanquileo

Campesina, Abogada

Convencional Constituyente Pueblo Mapuche por Escaños Reservados

Santiago de Chile, 1 de octubre de 2021.

Last modified: 02/10/2021

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