El acuerdo TISA y sus efectos en la educación y la salud

Written by | Panamá

El Trade in Services Agreement, mejor conocido como TISA, es un polémico acuerdo que casi cincuenta países, entre ellos Panamá, vienen negociando en el más absoluto secreto desde febrero de 2012, pero que por algunas exigencias que se le conocen, comentarios de miembros negociadores y por revelaciones hechas por Wikileaks y otras fuentes, se han podido identificar las serias implicaciones que para diversos sectores de la economía y la sociedad tienen sus demandas. El TISA en estos momentos, aunque sus negociaciones parecen estar ahora mismo en suspenso, incluye la participación de países que representan el 70% del comercio mundial de servicios.

Este acuerdo pretende en todos los países que acepten y firmen sus términos, intervenir y regular aspectos relacionados con la agricultura, agua, salud, educación, ambiente, telecomunicaciones, comercio electrónico, servicios profesionales, bancos y servicios financieros, entre otros. En el caso de la educación, el TISA busca que se profundicen los procesos de privatización y mercantilización de la misma, principalmente de la educación superior; así como concederles mayores concesiones y privilegios a los inversionistas privados y extranjeros, en este sector clave de la economía y del desarrollo social y humano de los países. Mientras que para el sector salud, el TISA desde su peculiar definición de lo que es un servicio público, persigue levantar, impedir u obstaculizar regulaciones que los Estados podrían adoptar, para garantizar el acceso a la salud de sus ciudadanos. 
En concreto, el TISA hará de la educación y la salud solo ámbitos donde lo más importante es el negocio y el lucro correspondientes; disipándose casi por completo la consideración de derechos humanos que todavía con algunas limitaciones, prevalecen. Es decir, que la educación y la salud estén orientadas fundamentalmente por los intereses del mercado. Ya no importará tanto, la cura completa de las enfermedades que afectan a los seres humanos, sino el mantenimiento como clientes, pacientes o consumidores de los mismos y el pago continuado de los servicios de salud. 
En otros términos: se mercantilizarán los servicios de atención médica a nivel mundial, creciendo, entre otras cosas, la acreditación de las instituciones sanitarias en el extranjero, los llamados planes de “turismo de salud”, que apuntan a aumentar los costos en los servicios de salud de los países y disminuir su calidad; así como se dificultaría garantizar en este tipo de servicio, la responsabilidad jurídica en caso de negligencia médica o en la eventualidad que surjan problemas en los tratamientos curativos, una vez los pacientes o “turistas de salud”, estén de vuelta en sus países de origen. En resumen, este acuerdo va dirigido a la transnacionalización de la salud en un mercado y a promover profundas reformas en los sistemas de salud pública, donde la deslocalización de los servicios de atención y la privatización en los países, son sus principales propósitos. 
Por otra parte, este acuerdo con relación a la educación, pretende alcanzar nuevas ventajas y privilegios para los que la mercantilizan; protegiendo así al sector privado de lo que suelen llamar, comportamientos o prácticas anticompetitivas de las empresas o instituciones educativas del sector público. Además, los principales países impulsadores del TISA, exigen que las transnacionales de la educación, gocen del mismo trato que las empresas nacionales y puedan solicitar financiamiento similar, pagado con los impuestos de los contribuyentes.
Este acuerdo, de llegar a concluirse con las serias y peligrosas demandas e intervenciones a las que aspira, constituirá un golpe contundente a la soberanía nacional, a la democracia, al desarrollo económico y a los derechos humanos de las naciones participantes. El TISA con un enfoque más directo a los intereses de las grandes corporaciones transnacionales, protagonistas y beneficiarias principalmente en la era de la globalización neoliberal, hará que se endurezcan seguramente las normas ya establecidas en el Acuerdo General sobre Servicios (AGCS), aprobado en el seno de la OMC en 1995.
De modo que este Acuerdo sobre el Comercio de Servicios, está concebido para asegurar que las grandes empresas transnacionales prestadoras de servicios en el mundo, tengan las manos libres para negociar sin casi restricción alguna, en sectores fundamentales de las naciones, entre ellas la educación y la salud humana. Por eso se busca limitar significativamente las capacidades de los países de responder a las necesidades esenciales de sus ciudadanos, con una reducción directa en la autoridad soberana de los Estados firmantes.

Por: Pedro Rivera Ramos

Last modified: 27/02/2020

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