Ecuador. Detenciones arbitrarias, criminalización y estigmatización de manifestantes durante el paro, según CIDH

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La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó su informe con las observaciones sobre la visita que realizó a Ecuador, tras las protestas que ocurrieron del 3 al 13 de octubre de 2019. El organismo condena enérgicamente el alegado abuso del uso de la fuerza, así como la violación al derecho a la vida de las personas que fallecieron. Además, resalta que el hecho de que algunos grupos o personas ejerzan violencia en una manifestación, no vuelve violenta toda la protesta, ni autoriza a las fuerzas de seguridad a disolver la protesta mediante uso de la fuerza o a practicar detenciones masivas.

La CIDH toma nota “con preocupación sobre la actuación de las fuerzas de seguridad, que no tomaran en cuenta los protocolos interamericanos e internacionales establecidos para la actuación en dichas ocasiones, como demostrado por la utilización indiscriminada de gas lacrimógeno, incluso en espacios en los cuales madres estaban reunidas con sus hijos y por las distintas muertes registradas en el periodo”, dice una de las conclusiones del informe de la CIDH.

Alerta que el uso de la policía y de las fuerzas de seguridad debe centrarse estrictamente en la contención de actos de violencia; así como garantizar el derecho a protestar, sin cualquier tipo represión directa o detención arbitraria de los manifestantes pacíficos.

La CIDH insta a las autoridades a que investiguen de forma pronta y exhaustiva cualquier denuncia de violencia y establecer las sanciones correspondientes, tanto en denuncias del uso excesivo de la fuerza cometidas por los agentes de la policía y de las fuerzas de seguridad, como en hechos de agresiones y saqueos por parte de la población.

También señala que la CIDH ha registrado un alto número de aprehensiones que suelen producirse de manera y bajo circunstancias que podrían sufrir cuestionamientos en cuanto a su legalidad bajo un sistema democrático de derecho.

Además, condenan enérgicamente la violación al derecho a la vida de las personas fallecidas, que habrían ocurrido como consecuencia del uso excesivo y arbitrario de la fuerza y actos de violencia dirigidos contra quienes que representarían una amenaza inminente a los agentes de seguridad del Estado o en el marco de las protestas.

Especialmente, la CIDH advierte que la caída de dos personas del puente de San Roque habría ocurrido en un operativo de policial cuyas circunstancias indicarían una actuación represiva y violenta de los agentes del Estado en un contexto que pertimitía la utilización de medidas alternativas de resolución de conflictos.

Sobre las medidas económicas adoptadas por Ecuador, con el Decreto Nº 883 (suspensión de subsidios a los combustibles), la Comisión Interamericana de Derechos Humanos señala que carecieron de un proceso previo de consulta ciudadana, transparente y participativo; así como de una evaluación de impacto en términos de progresividad.

Fuente: CIDH / www.pichinchacomunicaciones.com.ec

Last modified: 15/01/2020

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